Se disminuye el limite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.
Asimismo, se disminuye de 15.000 a 10.000 euros cuando el pagador sea un persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúa en calidad de empresario o profesional.
Esta disminución del límite general se aplicará a todos los pagos efectuados a partir del 11 de julio de 2021, aunque se refiera a operaciones concertadas con anterioridad al establecimiento de la limitación.